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miércoles, 27 de febrero de 2013

LEYÉTICA INVENTARIO

¿ESTÁS INTERESAD@ EN EVALUAR TUS COMPETENCIAS ÉTICAS? 


EL INVENTARIO DE AUTOEVALUACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA CONSEJERÍA evalúa el autoconocimiento en cuanto a las competencias éticas que debe poseer todo@ consejer@ respondiendo a la pregunta ¿cuánto conozco sobre mis obligaciones éticas? El contenido está basado en las competencias establecidas en los códigos de ética de la Consejería Profesional y la Ley 147, mejor conocida como la Ley para Regular la Práctica de la Consejería Profesional en Puerto Rico. 

Consideraciones generales: 
Contestar este inventario es una decisión personal, voluntaria y por la que no recibirá recompensa alguna. Además, al contestarlo usted está aceptando las condiciones de uso y privacidad de Blogger.com así como haber leído las consideraciones generales que se detallan a continuación:
1.   El fin de este inventario no es juzgarle, únicamente busca generar auto-conocimiento y brindarle a usted una herramienta para que pueda autoevaluar sus competencias profesionales.
2.    Los resultados del auto-inventario no serán revisados por la autora del blog ni por terceras personas más allá de las establecidas en la política de privacidad de Daypo.com.
3.    Los resultados NO serán utilizados con fines de lucro, publicidad o cualquier otro uso no detallado ni autorizado por usted.

     SI LEÍSTE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y ESTÁS DE ACUERDO EN REALIZAR EL AUTO-INVENTARIO, PULSA AQUÍ O VISITA EL SIGUIENTE ENLACE: http://www.daypo.com/inventario-autoevaluaci-n-competencias-profesionales.html






lunes, 25 de febrero de 2013

FUTURO CONSEJER@

EXPLORANDO LOS PROGRAMAS DE CONSEJERíA EN pUERTO RICO

"¿Te interesa convertirte en consejero profesional? ¿Quieres realizar tu doctorado? o simplemente ¿Quisieras certificarte en algún área de la consejería? 

Explora lo siguiente....
*Requisitos para convertirse en consejer@
** Requisitos para la Reválida
***Instituciones Educativas
Certificados:
      • Certificado en Consejería de Familia
      • * Certificado en Desórdenes Adictivos
      • * Certificado en Salud Mental
Maestrías:
      • Maestría en Artes en Consejería en Rehabilitación
      • Maestría en Consejería en Educación con especialidad en Orientación y Consejería
      • Maestría en Artes en Educación con especialidad en Familia
      • ** Maestría en Consejería con especialidad en Salud Mental

       * Maestría en Orientación y Consejería
       * Programa de Consejería en Rehabilitación





  • Programas en Línea
                      * PhDstudies


Por si te interesa conocer los requisitos...
Currículos...
UNIVERSIDAD CENTRAL DE BAYAMÓN

UCB: MAESTRÍA EN EDUCACIÓN (M.Ed.) EN ORIENTACION Y CONSEJERIA
Opúsculo Maestría en Consejería de la UCB

SISTEMA UNIVERSITARIO ANA G. MÉNDEZ 

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO (UPR)


UNIVERSIDAD INTERAMERICANA (UIPR)




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viernes, 1 de febrero de 2013

Reválida

Conoce los requisitos para solicitar la Reválida en Puerto Rico....
 FECHA DE EXAMEN: 19 de octubre de 2013 
FECHA LÍMITE PARA ENTREGA DE DOCUMENTOS: 




Según el Artículo 3 de la Ley 147 la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales es la agencia encargada de regular la práctica de la Consejería Profesional en Puerto Rico. Esta junta tienen la potestad de conceder, denegar, suspender y revocar la licencia.  La misma está adscrita y opera bajo el presupuesto de la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud del Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Esta misma Ley es la encargada de crear la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales dePuerto Rico (JECP)  y de ofrecer el examen nacional, mejor conocido como "La Reválida". Cabe señalar que esta junta está adscrita a la NBCC, encargada de desarrollar el mismo. 

A continuación algunos requisitos para tomar el examen (Reválida):

1.        Completar la solicitud de examen (disponible en la JECPP)
2.       Foto 2x2
5.       Certificado Negativo de Antecedentes Penales (reciente, no más de 6 meses de expedida)
6.       Certificación de Asume con no más de 30 días de expedida
7.       Dos (2) cartas de dos (2) Consejeros Profesionales Licenciados (CPL) o dos (2) Profesionales de la Salud que certifiquen una buena conducta moral.
8.       Pago correspondiente mediante cheque certificado o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda, a nombre de National Board for Certified Counselors (NBCC).
9.  Además, de solicitar la Reválida, podrá solicitar:

Ø  Licencia Provisional
Ø  Licencia Permanente
Ø  el Registro de Licencia Permanente o Provisional
Ø  Recertificación de Licencia

NOTITAS EXTRAS:
* Según la Ley 147 la preparación académica debe incluir cursos que en combinación  cubran un mínimo de ocho (8) de las siguientes diez (10) áreas de conocimiento teórico:

a. Fundamentos teóricos de la consejería
b. El proceso de ayuda
c. Desarrollo humano y comportamiento disfuncional
d. Desarrollo ocupacional
e. Proceso de consejería grupal
f. Medición y evaluación
g. Fundamentos sociales y culturales
h. Teoría y práctica de la investigación
i. Asuntos éticos profesionales
j. Consultoría


Si necesita más información acerca de la reválida o alguna licencia, o si necesita alguna otra información no dude en comunicarse a:

Junta Examinadora de Consejeros Profesionales de Puerto Rico. GM Group, Inc. 1590 Ponce de León, Río Piedras, PR 

Tel. (787) 782-8989 ext. 6602
Fax. (787) 725-7903


¿¿Te interesa más?? Visita: National Board Certified Counselors (NBCC)




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¿Qué es eso llamado Consejería?


 -¡Hola! Tanto tiempo. ¿Cómo has estado? ¿Y que estás haciendo?

-Estoy muy bien. Aquí algo ajorad@ terminando mi maestría 
                                             en consejería.

- ¿Consejería? ¿Qué es eso? ¿Cómo trabajo social? ¿psicología? Oh, sí, como 
                 el/la orientador/a de la escuela del nene, ¿verdad?



Cuántas veces hemos escuchado o vivido situaciones como éstas. La importancia de conocer y poder explicar a qué nos dedicamos es una de las primeras destrezas que l@s consejer@s debemos desarrollar. No hay nada más vergonzoso que un profesional que titube al momento de explicar qué es lo que hace a diario y alardea de tanto amar.

Según Toledano (2011) "que los profesionales de la consejería conozcan y comprendan los procesos históricos, las teorías que sirven de base a  la profesión, las diferencias y similitudes de la consejería con otras profesiones de ayuda, las normas éticas y legales así como los deberes y responsabilidades; brinda identidad profesional, demuestra identificación con la profesión y motiva a los miembros a mantener una conducta acorde con los preceptos de la profesión." Es ahí donde radica la importancia de conocer quiénes somos, qué hacemos y por qué lo hacemos. Sino, no puede haber algo llamado vocación. 


¿QUÉ ES ESO LLAMADO CONSEJERÍA?
La diversidad de escenarios en el que se desempeñan los consejeros profesionales pudiera dificultar dar una definición específica de lo que es la consejería y cuáles son los roles específicos de los consejeros. La mayoría de las definiciones que se encuentran en la  literatura están establecidas a base de las funciones de estos profesionales según el escenario y  las metas que persigue la institución u organización para la que trabaja. La American Counseling Association (ACA) define la consejería como “un proceso de ayuda, que facilita el desarrollo de destrezas individuales y sociales en las áreas personal, académico y ocupacional” (ACA, 2005).
 

Por su parte, la Ley número 147 de 9 de agosto de 2002, según enmendada (Ley Núm. 71 de 29 de marzo de 2006) la describe como “un proceso de ayuda que tiene lugar a través de una relación personal y directa en la cual se utilizan teorías, principios, métodos y estrategias basados en el conocimiento científico, para promover el desarrollo y el bienestar integral de las personas.” 

Esta misma Ley establece que los consejeros son aquellos individuos que poseen conocimientos en teorías, métodos y técnicas, han obtenido al menos un grado de maestría y han aprobado la reválida que les permite obtener la licencia para ejercer la profesión. Según esta Ley, la función principal de los consejeros es la de “ayudar a las personas y a los grupos a lograr el desarrollo y estabilidad mental, emocional, física, social, moral, educativa y ocupacional a través del ciclo de vida".

Te invito a que sigas conociendo más de ConsejeríaLeyÉtica.com un blog donde descubrirás más a fondo con los aspectos históricos, sociales, filosóficos, morales y legales que han dado forma a esta hermosa profesión. 



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¡Esto es Pura LeyÉtica!


¡Aspectos, dilemas y faltas ético-legales más comunes en la Consejería!





Remley y Herlihy (2005) puntualizan que la identidad profesional se manifiesta en la medida que los profesionales ponen en práctica un liderazgo ético y en cómo éstos se proyectan en la sociedad. Pero estudios en torno a la temática evidencian que en ocasiones los consejeros experimentan dificultades al momento de ejercer sus funciones (Toledano, 2011; Padilla, 2009 y Martínez, 2007). Dificultades que en ocasiones están relacionadas a la diversidad de roles, escenarios y poblaciones que estos profesionales impactan. 

Numerosas investigaciones en el campo de las profesiones de ayuda señalan que las violaciones más frecuentes a los cánones éticos están relacionadas a asuntos de confidencialidad, privacidad, manejo de la información, manejo e interpretación de las puntuaciones de pruebas, dilemas relacionados a las credenciales, y  situaciones asociadas a relaciones duales o conflictivas. Estas misma investigaciones coinciden en que otras faltas comunes son el pobre manejo de los métodos y técnicas utilizadas en el proceso de ayuda,   dificultades y uso inadecuado de los instrumentos de medición y de tecnología;  falta de identificación y pobre manejo al  presenciar conductas antiéticas y/o ilegales en colegas. Así como, dilemas relacionados a los asuntos de supervisión, situaciones relacionadas a los servicios ofrecidos, negligencia, daños a los clientes, entre otros [Herlihy & Dufrene, 2011; Lewin y Phillips, 2006; Pope & Vetter, 1992]. 

Wheeler y Bertram (2008) señalan que existen tres razones principales por las que los profesionales fallan en el cumplimiento de sus funciones. La primera de ella se trata del daño provocado de manera intencional. En este grupo podríamos mencionar a aquellos que buscan satisfacer sus necesidades personales a través del oportunismo, abuso de poder, explotación y a través de otras motivaciones que obedecen a la necesidad de satisfacer sus propias aspiraciones y aclarar sus propios dilemas personales. Uno de los preceptos básicos de los cánones éticos que se violenta con este tipo de conductas es el de la beneficencia y no malevolencia. Es decir, no se está cumpliendo con un quehacer responsable de hacer el bien a las personas. Los profesionales de la consejería deben ser capaces de anticipar las consecuencias de cada una de sus decisiones. De este modo protegen a los clientes de no causarles daño deliberado y se protegen ellos mismos de involucrarse en comportamientos inadecuados.

En segundo lugar, se encuentran aquellos que violentan los preceptos de manera no intencional.  En ocasiones estas violaciones pueden ocurrir por falta de cuidado y atención, por no conocer, entender  ni comprender las leyes y los códigos, lo que trae como consecuencia que los profesionales no puedan prever los daños que sus decisiones puedan causar. Se considera que el comportamiento ético de los profesionales comienza con la responsabilidad y obligación de acatar las normas profesionales y del buen juicio para determinar la acción más idónea. Además, no conocer los cánones que regulan la profesión no exime a los profesionales de cumplir ni de asumir consecuencias al cometer una falta. Ese desconocimiento planteado en la literatura resalta la inminencia de tratar estos asuntos con el fin de que los profesionales tomen conciencia de las implicaciones éticas de sus conductas.

Por último, estos autores indican que existen otras situaciones que propician que el consejero se conduzca de manera inadecuada. Refiriéndose a las situaciones de estar a la hora y el lugar menos indicado. Contrario a los daños causados por desconocimiento, se trata de situaciones que por más preparados que estén los consejeros y por más medidas y precauciones que tomen ante una decisión, la misma puede desencadenar en violaciones a los preceptos éticos y/o legales. Básicamente se trata de consecuencias inevitables e imprevisibles. En aquellos casos que estas situaciones surgen por conflictos entre lo que establecen las leyes y los códigos de ética, son los foros administrativos o los tribunales los que toman la decisión final y determinan el curso de acción a seguir.

Los consejeros profesionales no están exentos de enfrentar dilemas de naturaleza moral, ética o legal.  El trabajar con la conducta humana y tener que tomar decisiones cruciales en la vida de otros seres humanos (basadas en una filosofía moral personal y una filosofía ética profesional), pueden desencadenar en que se enfrenten dificultades relacionadas a la toma de decisiones. Con una muestra basta. Pues a diario vemos como los medios de comunicación sirven de portavoces del alza en los casos de fraude, corrupción, abuso, maltrato y otros males sociales que involucran a profesionales. En varias ocasiones se es testigo de cómo líderes y profesionales se involucran en situaciones donde ocurren serias violaciones éticas y/o legales. 

Como consecuencia estos actos han ido socavando la imagen de los profesionales ante la sociedad y disminuye la confianza que ponen los ciudadanos en éstos. Asimismo, aportan al relativismo moral y limitan la capacidad de brindar servicios óptimos y de calidad (Martínez, 2007; Folleto informativo Servidor Público: Conductas, Efectos y Consecuencias, 2003; Gutiérrez, 2003). 

Estas situaciones aquí discutidas provocan la urgencia de que los profesionales sean capaces de romper con los patrones que afectan la imagen pública de la profesión, y que peor aún, afectan el bienestar de nuestros clientes. Por ello, es importante que tod@s los profesionales de la + reafirmen en su compromiso profesional a través de la aprehensión y reflexión de su propio sistema de valores así como de los cánones éticos y legales que rigen la profesión.





Aspectos que pueden desencadenar en una acción legal, civil y/o criminal:
Asuntos de licenciatura y credenciales
Falsa representación
Fallas en los tratamientos e intervenciones
Terminación no adecuada del proceso de ayuda
Incumplimiento con los acuerdos y contratos
Abuso físico, sexual o de poder
Manejo inadecuado cuando se trabaja con poblaciones específicas como:
*menores de edad
*personas con limitaciones mentales o limitaciones físicas
*envejecientes
*pacientes con SIDA / VIH
*delincuentes / criminales
*grupos o familias
Manejo inadecuado en situaciones específicas como:
*suicidio
*crimen
*aborto
Invasión a la privacidad, confidencialidad e información privilegiada
Violaciones a los derechos de autor
Difamación y calumnias
Relaciones duales Relaciones sexuales
Asuntos relacionados a la integración de la tecnología, medición y evaluación.

Referencias:
Gutiérrez Blanco, L. C. (2003). Hacia un liderazgo ético. Universidad of Puerto Rico, Río Piedras (Puerto     
           Rico). ProQuest Dissertations and Theses, 434 p. Recuperado de 
           http://search.proquest.com/docview/305301945?accountid=44825. (305301945).

Herlihy, B. &; Dufrene, R.L. (2011). Current and emerging ethical issues in counseling: A                
           Delphi study of expert opinions. Counseling and Values, 56(1-2), 10-24. 
           Doi:10.1002/2161-007X.2011.tb01028.x

Lewin L. & Phillips, K. (2006), Managing Perceptions of Ethical Behavior in Evaluative Groups: The Implications for Diversity in Organizations, in Ann E. Tenbrunsel (ed.) Ethics in Groups (Research on Managing Groups and Teams, Volume 8), Emerald Group Publishing Limited, pp. 225-245

Martínez, M. (2007). Dilemas éticos que enfrentan los consejeros profesionales en sus escenarios de empleo y su percepción en torno a la aplicabilidad y utilidad de su código de ética. UPR: Río Piedras

Padilla Rodríguez, D. (2009). Estudio de las funciones que llevan a cabo los consejeros profesionales del nivel secundario del Departamento de Educación de Puerto Rico (tesis de maestría no publicada). Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico.
             
Pope, K. S., & Vetter, V. A.(1992).  Ethical dilemmas encountered by members of the American Psychological Association: A national survey.  American Psychologist, Vol. 47(3), Mar 1992, 397-411. doi: 10.1037/0003-066X.47.3.397

Toledano García, R. G. (2011). Competencias de los consejeros y consejeras profesionales de nivel universitario en su rol de intercesión o advocacy y la relación con su identidad profesional. Universidad de Puerto Rico, Río Piedras (Puerto Rico). ProQuest Dissertations and Theses, Retrieved from http://search.proquest.com/docview/910472561?accountid=44825. (910472561)

Wheeler, A. M., & Bertram, B. (2008). The counselor and the law: A guide to legal and ethical practice (5th ed.). Alexandria, VA: American Counseling Association.



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Dilemas ético-legales en la consejería

¡Moral, Ética y Ley! 

Para muchos practicantes de la salud mental, incluyendo los profesionales de la consejería, los asuntos éticos y legales son poco conocidos. En ocasiones es un tema que se da por entendido y como un asunto de sentido común. Es cierto que el conocimiento de estos preceptos no garantiza que los profesionales se conduzcan de manera ética (Martínez, 2007). Pero también es cierto que puede contribuir a aclarar interrogantes y disminuir aquellas violaciones que se derivan del desconocimiento y de la falta de atención y reflexión de estos asuntos. El propio código de ética de la APCP establece que los consejeros:

“deben tener un alto grado de conciencia de sus propios valores, conocimientos, destrezas, limitaciones y necesidades. Al iniciar una relación de ayuda… el foco de acción debe estar dirigido a la situación o asunto que se quiere resolver, y no a la persona involucrada en él.” (Código Ética APCP, 2009)


Pero realmente, ¿Qué es la moral? ¿A qué nos referimos cuando hablamos de ética? ¿Qué son los asuntos legales?

     Por un lado, la moral hace referencia a un conjunto de creencias, valores y reglas que cada individuo y cada sociedad adopta por costumbre y que tiene como finalidad enjuiciar las conductas humanas (Rosario, 2009). Por su parte, el concepto ética hace referencia a la rama de la filosofía que se interesa en estudiar los estándares de conducta humana y la toma de decisiones a nivel profesional (Martínez, 2007; Gutiérrez, 2003; & Remley y Herlihy, 2001). Mientras que lo legal se refiere a las reglas establecidas por los gobiernos para mantener una sana convivencia y un orden civil (Fuster, 2007). 
     En síntesis, podríamos decir que estos tres conceptos convergen en la medida en que cada uno: 
(1) envuelve un juicio sobre las conductas aceptadas y las conductas prohibidas;
 (2) busca regir la conducta de los individuos a través de reglas adoptadas por una comunidad específica; 
(3) influye en la toma de decisiones de cada ser humano. 




¿Cómo se interrelacionan lo moral, lo ético y lo legal? dentro de la Consejería Profesional?

La literatura señala que algunos de los factores que contribuyen a que se transgredan los cánones éticos y legales son el desconocimiento y la falta de reflexión sobre los asuntos morales, éticos y legales de la consejería. Estas situaciones afectan y limitan la práctica de la consejería hasta el nivel de haber alcanzado una inquietud a nivel profesional y social. 

El desequilibrio entre la conducta de los profesionales y lo que establecen los preceptos normativos se pone en relieve ante el alza en las querellas y casos llevados a tribunales por violaciones a los cánones éticos y legales (Wheeler y Bertram, 2008; Martínez, 2007; Mitchell, 2007; Gutiérrez, 2003).

La siguiente sección tiene como objetivo ejemplificar cómo se da la interacción entre los sistemas de valores morales, los estatutos establecidos en los códigos de ética y las leyes que rigen la conducta de los consejeros y que en todos sus sentidos conforman ese liderazgo y el profesionalismo que debe distinguirles.


Categorización
Ejemplos
Discusión
Inmoral, ético y legal










Un consejero profesional
con el hábito del
tabaquismo.
Una conducta puede ser inmoral pero no necesariamente antiética y/o ilegal. Desde la perspectiva de lo social, el hábito de fumar puede ser considerado por algunos como una conducta inmoral y poco profesional. Pero fuera de los daños físicos que puede causar el fumar, no es antiético ni ilegal que un profesional lleve a cabo dicha conducta a menos que la misma afecte adversamente la relación de consejería.

No profesional, antiético
y legal














El Sr. Rivera, consejero profesional de una institución educativa privada, no ha cumplido consistentemente con el horario para el que fue contratado.
Una conducta puede considerarse no profesional pero sí ética y legal. La puntualidad puede ser considerada como parte del sistema de valores del profesional y como una norma institucional. Esta conducta refleja el compromiso del profesional con la profesión y con sus clientes. Un consejero impuntual aunque muestras conductas no profesionales, no está cometiendo alguna falta que sea considerada antiética y/o ilegal. Claro está, que en el momento en que esa dejadez tiene efectos negativos en el proceso de ayuda, se están trastocando aspectos éticos. El código de ética establece que el consejero no debe causar daño intencionado a los clientes, debe prevenir daños y debe contribuir al bienestar del cliente en todo momento. Esto manteniendo siempre los principios de justicia y fidelidad y salvaguardando sus derechos.
         Antiético, legal  y moral







Una consejera decide utilizar una prueba de personalidad para la que no tiene ningún tipo de entrenamiento.
Una conducta se considera antiética pero legal cuando va en contra del código de ética pero no violenta ninguna ley. En este caso, el código de ética de la consejería establece que  los consejeros deben entrenarse y poseer las competencias necesarias de los instrumentos de evaluación que utilice.

          Ilegal, ético y moral



No mantener visibles las credenciales
Según la ley que rige la consejería, las credenciales del consejero deben estar visibles al público.   Esta conducta aunque no afecta directamente al cliente, tiene repercusiones legales que son penalizadas por ley.

         Antiético, ilegal y moral






Divulgar información sensitiva obtenida en un proceso de consejería sin mediar consentimiento del cliente
Tanto el código de ética como las leyes de estatales y federales establecen que todo profesional de ayuda debe proteger la información y la privacidad de sus clientes. De probarse serias violaciones a este estatuto sin justificación alguna, el profesional enfrentará sanciones a nivel administrativas y legales.

           Inmoral, no profesional, antiético e ilegal
Establecer una relación de pareja con un cliente.
En el código de ética de la consejería y las leyes estatales y federales se prohíbe que los profesionales de ayuda tengan relaciones sexuales con sus clientes. Esta conducta es sancionada por ley y por la profesión. Las sanciones incluyen revocación de la licencia y título profesional y/o cárcel.

Referencias:
Bond, T. (1993). Standards and Ethics for Counseling in Action. London: SAGE
             Publications. (pp. 1-32; 95 - 103)
Fuster, J. (2007)  Derechos Fundamentales y Deberes Cívicos de las Personas. Puerto
             Rico: D.E.
Gutiérrez Blanco, L. C. (2003). Hacia un liderazgo ético. Universidad of Puerto Rico, Río Piedras (Puerto Rico). ProQuest Dissertations and Theses, 434 p. Recuperado de http://search.proquest.com/docview/305301945?accountid=44825. (305301945).
Martínez, M. (2007). Dilemas éticos que enfrentan los consejeros profesionales en sus escenarios de empleo y su percepción en torno a la aplicabilidad y utilidad de su código de ética. UPR: Río Piedras
Mitchell, R.W. (2007). Documentation in Counseling Records: An Overview of Ethical, Legal, and Clinical Issues (3ra ed.). Alexandria, VA: American Counseling Association.
Wheeler, A. M., & Bertram, B. (2008). The counselor and the law: A guide to legal and
ethical practice (5th ed.). Alexandria, VA: American Counseling Association.


Si quieres leer más sobre Moral, Etica y Ley accede al siguiente enlace: La ética en la consejería


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