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miércoles, 27 de febrero de 2013

LEYÉTICA INVENTARIO

¿ESTÁS INTERESAD@ EN EVALUAR TUS COMPETENCIAS ÉTICAS? 


EL INVENTARIO DE AUTOEVALUACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA CONSEJERÍA evalúa el autoconocimiento en cuanto a las competencias éticas que debe poseer todo@ consejer@ respondiendo a la pregunta ¿cuánto conozco sobre mis obligaciones éticas? El contenido está basado en las competencias establecidas en los códigos de ética de la Consejería Profesional y la Ley 147, mejor conocida como la Ley para Regular la Práctica de la Consejería Profesional en Puerto Rico. 

Consideraciones generales: 
Contestar este inventario es una decisión personal, voluntaria y por la que no recibirá recompensa alguna. Además, al contestarlo usted está aceptando las condiciones de uso y privacidad de Blogger.com así como haber leído las consideraciones generales que se detallan a continuación:
1.   El fin de este inventario no es juzgarle, únicamente busca generar auto-conocimiento y brindarle a usted una herramienta para que pueda autoevaluar sus competencias profesionales.
2.    Los resultados del auto-inventario no serán revisados por la autora del blog ni por terceras personas más allá de las establecidas en la política de privacidad de Daypo.com.
3.    Los resultados NO serán utilizados con fines de lucro, publicidad o cualquier otro uso no detallado ni autorizado por usted.

     SI LEÍSTE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y ESTÁS DE ACUERDO EN REALIZAR EL AUTO-INVENTARIO, PULSA AQUÍ O VISITA EL SIGUIENTE ENLACE: http://www.daypo.com/inventario-autoevaluaci-n-competencias-profesionales.html






viernes, 1 de febrero de 2013

Dilemas ético-legales en la consejería

¡Moral, Ética y Ley! 

Para muchos practicantes de la salud mental, incluyendo los profesionales de la consejería, los asuntos éticos y legales son poco conocidos. En ocasiones es un tema que se da por entendido y como un asunto de sentido común. Es cierto que el conocimiento de estos preceptos no garantiza que los profesionales se conduzcan de manera ética (Martínez, 2007). Pero también es cierto que puede contribuir a aclarar interrogantes y disminuir aquellas violaciones que se derivan del desconocimiento y de la falta de atención y reflexión de estos asuntos. El propio código de ética de la APCP establece que los consejeros:

“deben tener un alto grado de conciencia de sus propios valores, conocimientos, destrezas, limitaciones y necesidades. Al iniciar una relación de ayuda… el foco de acción debe estar dirigido a la situación o asunto que se quiere resolver, y no a la persona involucrada en él.” (Código Ética APCP, 2009)


Pero realmente, ¿Qué es la moral? ¿A qué nos referimos cuando hablamos de ética? ¿Qué son los asuntos legales?

     Por un lado, la moral hace referencia a un conjunto de creencias, valores y reglas que cada individuo y cada sociedad adopta por costumbre y que tiene como finalidad enjuiciar las conductas humanas (Rosario, 2009). Por su parte, el concepto ética hace referencia a la rama de la filosofía que se interesa en estudiar los estándares de conducta humana y la toma de decisiones a nivel profesional (Martínez, 2007; Gutiérrez, 2003; & Remley y Herlihy, 2001). Mientras que lo legal se refiere a las reglas establecidas por los gobiernos para mantener una sana convivencia y un orden civil (Fuster, 2007). 
     En síntesis, podríamos decir que estos tres conceptos convergen en la medida en que cada uno: 
(1) envuelve un juicio sobre las conductas aceptadas y las conductas prohibidas;
 (2) busca regir la conducta de los individuos a través de reglas adoptadas por una comunidad específica; 
(3) influye en la toma de decisiones de cada ser humano. 




¿Cómo se interrelacionan lo moral, lo ético y lo legal? dentro de la Consejería Profesional?

La literatura señala que algunos de los factores que contribuyen a que se transgredan los cánones éticos y legales son el desconocimiento y la falta de reflexión sobre los asuntos morales, éticos y legales de la consejería. Estas situaciones afectan y limitan la práctica de la consejería hasta el nivel de haber alcanzado una inquietud a nivel profesional y social. 

El desequilibrio entre la conducta de los profesionales y lo que establecen los preceptos normativos se pone en relieve ante el alza en las querellas y casos llevados a tribunales por violaciones a los cánones éticos y legales (Wheeler y Bertram, 2008; Martínez, 2007; Mitchell, 2007; Gutiérrez, 2003).

La siguiente sección tiene como objetivo ejemplificar cómo se da la interacción entre los sistemas de valores morales, los estatutos establecidos en los códigos de ética y las leyes que rigen la conducta de los consejeros y que en todos sus sentidos conforman ese liderazgo y el profesionalismo que debe distinguirles.


Categorización
Ejemplos
Discusión
Inmoral, ético y legal










Un consejero profesional
con el hábito del
tabaquismo.
Una conducta puede ser inmoral pero no necesariamente antiética y/o ilegal. Desde la perspectiva de lo social, el hábito de fumar puede ser considerado por algunos como una conducta inmoral y poco profesional. Pero fuera de los daños físicos que puede causar el fumar, no es antiético ni ilegal que un profesional lleve a cabo dicha conducta a menos que la misma afecte adversamente la relación de consejería.

No profesional, antiético
y legal














El Sr. Rivera, consejero profesional de una institución educativa privada, no ha cumplido consistentemente con el horario para el que fue contratado.
Una conducta puede considerarse no profesional pero sí ética y legal. La puntualidad puede ser considerada como parte del sistema de valores del profesional y como una norma institucional. Esta conducta refleja el compromiso del profesional con la profesión y con sus clientes. Un consejero impuntual aunque muestras conductas no profesionales, no está cometiendo alguna falta que sea considerada antiética y/o ilegal. Claro está, que en el momento en que esa dejadez tiene efectos negativos en el proceso de ayuda, se están trastocando aspectos éticos. El código de ética establece que el consejero no debe causar daño intencionado a los clientes, debe prevenir daños y debe contribuir al bienestar del cliente en todo momento. Esto manteniendo siempre los principios de justicia y fidelidad y salvaguardando sus derechos.
         Antiético, legal  y moral







Una consejera decide utilizar una prueba de personalidad para la que no tiene ningún tipo de entrenamiento.
Una conducta se considera antiética pero legal cuando va en contra del código de ética pero no violenta ninguna ley. En este caso, el código de ética de la consejería establece que  los consejeros deben entrenarse y poseer las competencias necesarias de los instrumentos de evaluación que utilice.

          Ilegal, ético y moral



No mantener visibles las credenciales
Según la ley que rige la consejería, las credenciales del consejero deben estar visibles al público.   Esta conducta aunque no afecta directamente al cliente, tiene repercusiones legales que son penalizadas por ley.

         Antiético, ilegal y moral






Divulgar información sensitiva obtenida en un proceso de consejería sin mediar consentimiento del cliente
Tanto el código de ética como las leyes de estatales y federales establecen que todo profesional de ayuda debe proteger la información y la privacidad de sus clientes. De probarse serias violaciones a este estatuto sin justificación alguna, el profesional enfrentará sanciones a nivel administrativas y legales.

           Inmoral, no profesional, antiético e ilegal
Establecer una relación de pareja con un cliente.
En el código de ética de la consejería y las leyes estatales y federales se prohíbe que los profesionales de ayuda tengan relaciones sexuales con sus clientes. Esta conducta es sancionada por ley y por la profesión. Las sanciones incluyen revocación de la licencia y título profesional y/o cárcel.

Referencias:
Bond, T. (1993). Standards and Ethics for Counseling in Action. London: SAGE
             Publications. (pp. 1-32; 95 - 103)
Fuster, J. (2007)  Derechos Fundamentales y Deberes Cívicos de las Personas. Puerto
             Rico: D.E.
Gutiérrez Blanco, L. C. (2003). Hacia un liderazgo ético. Universidad of Puerto Rico, Río Piedras (Puerto Rico). ProQuest Dissertations and Theses, 434 p. Recuperado de http://search.proquest.com/docview/305301945?accountid=44825. (305301945).
Martínez, M. (2007). Dilemas éticos que enfrentan los consejeros profesionales en sus escenarios de empleo y su percepción en torno a la aplicabilidad y utilidad de su código de ética. UPR: Río Piedras
Mitchell, R.W. (2007). Documentation in Counseling Records: An Overview of Ethical, Legal, and Clinical Issues (3ra ed.). Alexandria, VA: American Counseling Association.
Wheeler, A. M., & Bertram, B. (2008). The counselor and the law: A guide to legal and
ethical practice (5th ed.). Alexandria, VA: American Counseling Association.


Si quieres leer más sobre Moral, Etica y Ley accede al siguiente enlace: La ética en la consejería


Te interesa saber cuánto conoces sobre los aspectos ético-legales de la consejería. Te invito a que completes: LeyÉtica INVENTARIO. Donde de manera anónima y privada podrás auto-evaluar tus competencias profesionales. 
¡¡No te arrepentirás!!




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Hay que Cumplir


¡HAY QUE CUMPLIR !
Cada decisión que toman los consejeros tiene una implicación ética y/o legal que afecta positiva o negativamente el proceso de ayuda. La variedad de los asuntos y los preceptos ético-legales junto a lo tedioso  y letárgico que pudiera resultar el tema, hace que en ocasiones la temática sea abordada de forma superficial. Esta sección pretende responder las siguientes interrogantes: ¿Cuál es el propósito de los códigos de ética? ¿Cuáles son las responsabilidades, deberes y funciones de los consejeros? y ¿Cuáles son las conductas aceptadas y las prohibidas por los cánones éticos? 

Según Wheeler y Bertram (2008) y Bond (1993) los códigos de ética de la consejería tienen como propósitos fundamental: (1) proteger a los clientes de daños físicos, emocionales, psicológicos, familiares, económicos, sociales y laborales; (2) establecer y monitorear las competencias, funciones y  deberes; (3) establecer contratos claros y una relación de ayuda basada en la filosofía moral de la profesión; (4) que la relación de ayuda se dé dentro de los parámetros de confidencialidad y privacidad.

Si quieres aumentar tus conocimientos éticos o simplemente refrescar lo que ya hay en tu mente, te invito a disfrutar de los siguientes ensayos:



Códigos de Ética Principales en la Consejería Puertorriqueña:



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Liderazgo Ético-Legal

¿Quieres convertirte en un LeyÉtico  Líder?

¡Es bien fácil! Todos los día realiza los siguientes pasos:
1. Piensa: Cada vez que tengas a un cliente de frente y vayas a tomar una decisión.
2. Actúa - Toma las decisiones que tengas que tomar por el bienestar de tus clientes. Nunca olvides que ellos son el objetivo del proceso de ayud, tú sólo eres un facilitador.
3. Reflexiona - Al tomar una decisión y cuando termines tu jornada de trabajo sería interesante que reflexionaras un poco sobre tu desempeño en el día.
Aquí algunas preguntas guías para que Pienses, Actúes y Reflexiones...
¡PIENSA, ACTÚA Y REFLEXIONA!
·         ¿Puedo realizar mi trabajo? ¿Cuán preparado estoy? ¿Cuánta experiencia tengo en lo que haré? ¿Estoy seguro que lo puedo hacer?
·         ¿Es legal? ¿Es ético? ¿Transgrediré las leyes o la política de la empresa? ¿Es equilibrado? ¿Es justo para todos los interesados tanto a corto como a largo plazo?
·         ¿Cómo afectará al cliente? ¿Cómo me sentiré yo? Al final del día reflexiona: ¿Qué hice: algo ilegal, algo inmoral, algo antiético? Si la respuesta a estas preguntas es no, continua haciendo la diferencia.