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miércoles, 27 de febrero de 2013

LEYÉTICA INVENTARIO

¿ESTÁS INTERESAD@ EN EVALUAR TUS COMPETENCIAS ÉTICAS? 


EL INVENTARIO DE AUTOEVALUACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES EN LA CONSEJERÍA evalúa el autoconocimiento en cuanto a las competencias éticas que debe poseer todo@ consejer@ respondiendo a la pregunta ¿cuánto conozco sobre mis obligaciones éticas? El contenido está basado en las competencias establecidas en los códigos de ética de la Consejería Profesional y la Ley 147, mejor conocida como la Ley para Regular la Práctica de la Consejería Profesional en Puerto Rico. 

Consideraciones generales: 
Contestar este inventario es una decisión personal, voluntaria y por la que no recibirá recompensa alguna. Además, al contestarlo usted está aceptando las condiciones de uso y privacidad de Blogger.com así como haber leído las consideraciones generales que se detallan a continuación:
1.   El fin de este inventario no es juzgarle, únicamente busca generar auto-conocimiento y brindarle a usted una herramienta para que pueda autoevaluar sus competencias profesionales.
2.    Los resultados del auto-inventario no serán revisados por la autora del blog ni por terceras personas más allá de las establecidas en la política de privacidad de Daypo.com.
3.    Los resultados NO serán utilizados con fines de lucro, publicidad o cualquier otro uso no detallado ni autorizado por usted.

     SI LEÍSTE LAS CONSIDERACIONES GENERALES Y ESTÁS DE ACUERDO EN REALIZAR EL AUTO-INVENTARIO, PULSA AQUÍ O VISITA EL SIGUIENTE ENLACE: http://www.daypo.com/inventario-autoevaluaci-n-competencias-profesionales.html






lunes, 25 de febrero de 2013

FUTURO CONSEJER@

EXPLORANDO LOS PROGRAMAS DE CONSEJERíA EN pUERTO RICO

"¿Te interesa convertirte en consejero profesional? ¿Quieres realizar tu doctorado? o simplemente ¿Quisieras certificarte en algún área de la consejería? 

Explora lo siguiente....
*Requisitos para convertirse en consejer@
** Requisitos para la Reválida
***Instituciones Educativas
Certificados:
      • Certificado en Consejería de Familia
      • * Certificado en Desórdenes Adictivos
      • * Certificado en Salud Mental
Maestrías:
      • Maestría en Artes en Consejería en Rehabilitación
      • Maestría en Consejería en Educación con especialidad en Orientación y Consejería
      • Maestría en Artes en Educación con especialidad en Familia
      • ** Maestría en Consejería con especialidad en Salud Mental

       * Maestría en Orientación y Consejería
       * Programa de Consejería en Rehabilitación





  • Programas en Línea
                      * PhDstudies


Por si te interesa conocer los requisitos...
Currículos...
UNIVERSIDAD CENTRAL DE BAYAMÓN

UCB: MAESTRÍA EN EDUCACIÓN (M.Ed.) EN ORIENTACION Y CONSEJERIA
Opúsculo Maestría en Consejería de la UCB

SISTEMA UNIVERSITARIO ANA G. MÉNDEZ 

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO (UPR)


UNIVERSIDAD INTERAMERICANA (UIPR)




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jueves, 14 de febrero de 2013

¡Estamos en Ley!


¡Leyes que todo consejer@ debe conocer!

Los códigos de ética no son la única fuente de referencia y apoyo que un consejero tiene para guiar sus funciones. Las leyes también son una guía para conducirse en el escenario laboral. Las leyes y la ética pueden ofrecer mensajes que pudieran ser conflictivos, pero no contradictorios. La protección legal no necesariamente acompaña las normas éticas (más adelante el lector podrá conocer el por qué), por ello en el caso de tratarse de asuntos o conflictos que converjan entre estos dos campos, la decisión final la determinará en un foro judicial.

Por otro lado, los consejeros profesionales ofrecen sus servicios a poblaciones diversas que incluyen individuos, grupos, familias, parejas, estudiantes, personas con necesidades especiales, pacientes de enfermedades catastróficas, grupos minoritarios, entre otros. Además, desempeñan funciones en distintos escenarios públicos y privados como: hospitales, escuelas, universidades, comunidades, iglesias, cárceles. Lo antes planteado, pone en relieve la necesidad de que existan fuentes de referencia que brinde apoyo y soporte legal a los profesionales. A continuación, se presentan algunas de la leyes, una breve descripción y de su importancia en la consejería según su escenario y población.


La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico es la base de todas las leyes, normas y regulaciones sociales de los puertorriqueños. En esta se detallan todos los derechos, responsabilidades y obligaciones de los ciudadanos, los cuales garantizan la dignidad, el bienestar y la sana convivencia entre los civiles. Un consejero que no conozca sus propios derechos y sus obligaciones como individuo difícilmente podrá  tener un juicio objetivo de cómo salvaguardar el bienestar de los clientes y del suyo propio. Por ello es sumamente importante su compromiso social y su lucha continua, a favor de los derechos y las responsabilidades civiles. 

Esta sección te ayudará a explorar distintas leyes estatales y federales con las que los consejer@s profesionales deben relacionarse. Siempre prestando mayor atención a aquellas leyes que más se relacionan con su escenario de trabajo.

Consejería
Constituciones

Leyes de la Niñez y Menores
Leyes Escolares
Otras leyes importantes

martes, 5 de febrero de 2013

REQUISITOS PARA CONVERTIRSE EN CONSEJERO

Según la Ley 147  un consejero profesional es aquella:

"persona que posee una licencia otorgada de acuerdo con las disposiciones de esta Ley.  El uso de dicho título estará restringido a personas con la preparación académica requerida por medio de esta Ley y con experiencia en la aplicación de una combinación de teorías y procedimientos, y en la prestación de servicios de desarrollo humano y bienestar personal que integren un modelo multicultural del comportamiento humano, que hayan obtenido y tengan en vigencia una licencia expedida por la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales que por esta Ley se crea.  Este modelo está diseñado para ayudar a las personas, parejas, familias, estudiantes o grupos, en organizaciones, corporaciones, instituciones, agencias de gobierno, instituciones educativas o al público en general.  Los Consejeros Profesionales cuentan con la preparación para ayudar a las personas y a los grupos a lograr el desarrollo y estabilidad mental, emocional, física, social, moral educativa y ocupacional a través del ciclo de vida."
¿Cuáles son los requisitos para convertirte en consejero?

Según el Artículo 8 de la Ley 147:

"La Junta emitirá una licencia como Consejero Profesional a aquella persona que presente una solicitud en la forma y modo establecidos por la Junta mediante reglamento, y que cumplan con los requisitos establecidos, en esta Ley, que son:

a) que sea mayor de edad, bajo las disposiciones del Código Civil de Puerto Rico;

b) sea un residente legal de Puerto Rico;

c) que no haya cometido delito grave o menos grave que implique depravación moral, lo cual se evidenciará con un certificado negativo de antecedentes penales emitido por el Superintendente de la Policía de Puerto Rico;

d) que pague al Departamento de Hacienda los aranceles establecidos mediante reglamento para la otorgación de dicha licencia;

e) que declare bajo juramento que se compromete a cumplir con el Código de Ética establecido por la Junta mediante reglamento para la práctica de la Consejería Profesional;

f) que haya obtenido como preparación mínima el grado de maestría en orientación y consejería o un grado de maestría en consejería.  Cualesquiera de estos grados deberá haber sido obtenido en una institución acreditada por el Consejo de Educación Superior (CES) de Puerto Rico o de una institución de otro estado o país cuyo grado sea validado por el CES, que incluya cursos cuyo contenido en combinación con una práctica o internado, cubran un mínimo de ocho (8) de las siguientes diez (10) áreas de conocimiento teórico: 

          1)      Fundamentos teóricos de la consejería
          2)      El proceso de ayuda
          3)      Desarrollo humano y comportamiento disfuncional
          4)      Desarrollo ocupacional
          5)      Proceso de consejería grupal
          6)      Medición y evaluación
          7)      Fundamentos sociales y culturales
          8)      Teoría y práctica de la investigación
          9)      Asuntos éticos y profesionales
                              10)      Consultoría

Será deber del aspirante especificar a la Junta su área de especialidad en consejería si tiene alguna.  Para los efectos de este inciso, será deber de la Junta establecer mediante reglamento los procedimientos y requisitos necesarios que deberá cumplir dicho aspirante para que se reconozca dicha especialidad.

g) que haya demostrado conocimiento del campo profesional mediante la aprobación del examen escrito que administre y requiera la Junta Examinadora.  No obstante, la Junta Examinadora autorizará, sujeto a la reglamentación que a estos efectos establezca, la administración del examen escrito a candidatos a obtener el grado de maestría requerido mediante esta Ley.

h) que luego de haber aprobado el examen exigido en el inciso anterior, haya completado un mínimo de 500 horas de práctica supervisada por un Mentor Certificado."





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viernes, 1 de febrero de 2013

Organizaciones, Asociaciones y Juntas...

Asociaciones Profesionales de la Consejería en 
Puerto Rico

El desarrollo y la evolución de las asociaciones han sido parte de la lucha incansable por solidificar la profesión. Las asociaciones y organizaciones profesionales contribuyen a que los miembros puedan mantener un desempeño óptimo de sus funciones. Además, tienen la finalidad de unificar, estructurar, dar identidad y credibilidad social a la profesión así como de garantizar la prestación de servicios óptimos y de calidad. A continuación podrás encontrar una serie de enlaces a distintas asociaciones, juntas y organizaciones de la consejería, dentro y fuera de Puerto Rico. Pero si deseas conocer más sobre la historia de las asociaciones en la consejería accede: 



Asociaciones en Puerto Rico

Asociaciones en E.U.




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Reválida

Conoce los requisitos para solicitar la Reválida en Puerto Rico....
 FECHA DE EXAMEN: 19 de octubre de 2013 
FECHA LÍMITE PARA ENTREGA DE DOCUMENTOS: 




Según el Artículo 3 de la Ley 147 la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales es la agencia encargada de regular la práctica de la Consejería Profesional en Puerto Rico. Esta junta tienen la potestad de conceder, denegar, suspender y revocar la licencia.  La misma está adscrita y opera bajo el presupuesto de la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud del Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Esta misma Ley es la encargada de crear la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales dePuerto Rico (JECP)  y de ofrecer el examen nacional, mejor conocido como "La Reválida". Cabe señalar que esta junta está adscrita a la NBCC, encargada de desarrollar el mismo. 

A continuación algunos requisitos para tomar el examen (Reválida):

1.        Completar la solicitud de examen (disponible en la JECPP)
2.       Foto 2x2
5.       Certificado Negativo de Antecedentes Penales (reciente, no más de 6 meses de expedida)
6.       Certificación de Asume con no más de 30 días de expedida
7.       Dos (2) cartas de dos (2) Consejeros Profesionales Licenciados (CPL) o dos (2) Profesionales de la Salud que certifiquen una buena conducta moral.
8.       Pago correspondiente mediante cheque certificado o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda, a nombre de National Board for Certified Counselors (NBCC).
9.  Además, de solicitar la Reválida, podrá solicitar:

Ø  Licencia Provisional
Ø  Licencia Permanente
Ø  el Registro de Licencia Permanente o Provisional
Ø  Recertificación de Licencia

NOTITAS EXTRAS:
* Según la Ley 147 la preparación académica debe incluir cursos que en combinación  cubran un mínimo de ocho (8) de las siguientes diez (10) áreas de conocimiento teórico:

a. Fundamentos teóricos de la consejería
b. El proceso de ayuda
c. Desarrollo humano y comportamiento disfuncional
d. Desarrollo ocupacional
e. Proceso de consejería grupal
f. Medición y evaluación
g. Fundamentos sociales y culturales
h. Teoría y práctica de la investigación
i. Asuntos éticos profesionales
j. Consultoría


Si necesita más información acerca de la reválida o alguna licencia, o si necesita alguna otra información no dude en comunicarse a:

Junta Examinadora de Consejeros Profesionales de Puerto Rico. GM Group, Inc. 1590 Ponce de León, Río Piedras, PR 

Tel. (787) 782-8989 ext. 6602
Fax. (787) 725-7903


¿¿Te interesa más?? Visita: National Board Certified Counselors (NBCC)




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¿Qué es eso llamado Consejería?


 -¡Hola! Tanto tiempo. ¿Cómo has estado? ¿Y que estás haciendo?

-Estoy muy bien. Aquí algo ajorad@ terminando mi maestría 
                                             en consejería.

- ¿Consejería? ¿Qué es eso? ¿Cómo trabajo social? ¿psicología? Oh, sí, como 
                 el/la orientador/a de la escuela del nene, ¿verdad?



Cuántas veces hemos escuchado o vivido situaciones como éstas. La importancia de conocer y poder explicar a qué nos dedicamos es una de las primeras destrezas que l@s consejer@s debemos desarrollar. No hay nada más vergonzoso que un profesional que titube al momento de explicar qué es lo que hace a diario y alardea de tanto amar.

Según Toledano (2011) "que los profesionales de la consejería conozcan y comprendan los procesos históricos, las teorías que sirven de base a  la profesión, las diferencias y similitudes de la consejería con otras profesiones de ayuda, las normas éticas y legales así como los deberes y responsabilidades; brinda identidad profesional, demuestra identificación con la profesión y motiva a los miembros a mantener una conducta acorde con los preceptos de la profesión." Es ahí donde radica la importancia de conocer quiénes somos, qué hacemos y por qué lo hacemos. Sino, no puede haber algo llamado vocación. 


¿QUÉ ES ESO LLAMADO CONSEJERÍA?
La diversidad de escenarios en el que se desempeñan los consejeros profesionales pudiera dificultar dar una definición específica de lo que es la consejería y cuáles son los roles específicos de los consejeros. La mayoría de las definiciones que se encuentran en la  literatura están establecidas a base de las funciones de estos profesionales según el escenario y  las metas que persigue la institución u organización para la que trabaja. La American Counseling Association (ACA) define la consejería como “un proceso de ayuda, que facilita el desarrollo de destrezas individuales y sociales en las áreas personal, académico y ocupacional” (ACA, 2005).
 

Por su parte, la Ley número 147 de 9 de agosto de 2002, según enmendada (Ley Núm. 71 de 29 de marzo de 2006) la describe como “un proceso de ayuda que tiene lugar a través de una relación personal y directa en la cual se utilizan teorías, principios, métodos y estrategias basados en el conocimiento científico, para promover el desarrollo y el bienestar integral de las personas.” 

Esta misma Ley establece que los consejeros son aquellos individuos que poseen conocimientos en teorías, métodos y técnicas, han obtenido al menos un grado de maestría y han aprobado la reválida que les permite obtener la licencia para ejercer la profesión. Según esta Ley, la función principal de los consejeros es la de “ayudar a las personas y a los grupos a lograr el desarrollo y estabilidad mental, emocional, física, social, moral, educativa y ocupacional a través del ciclo de vida".

Te invito a que sigas conociendo más de ConsejeríaLeyÉtica.com un blog donde descubrirás más a fondo con los aspectos históricos, sociales, filosóficos, morales y legales que han dado forma a esta hermosa profesión. 



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